Comunicado. La Cofepris dio a conocer que, como parte de la estrategia de simplificación administrativa, los avisos que se presentan ante esta autoridad sanitaria, dejarán de ser objeto de dictaminación a partir de la publicación de este comunicado.
Bajo este esquema los avisos ya no requerirán una resolución expresa ni prevención, toda vez que son trámites considerados autogestivos. Asimismo, cuando se presenten de manera física, el acuse de recepción presentado surtirá los mismos efectos que el comprobante de ingreso emitido a través del sistema electrónico correspondiente.
La medida obedece a que dichos trámites tienen como finalidad informar sobre la realización de actividades reguladas por esta comisión federal. Esto no exime a los sujetos regulados del cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables. En este sentido, los mismos continúan sujetos a las acciones de verificación, vigilancia y control sanitarios que lleva a cabo la Cofepris de manera posterior a la emisión del comprobante.
En caso de advertir irregularidades, falsificación, alteración o cualquier otra inconsistencia en la información proporcionada, la comisión podrá imponer las medidas de seguridad y las sanciones administrativas que resulten procedentes, en términos del marco normativo vigente.
Cabe señalar que se exceptúan los “Avisos de importación de Insumos para la Salud”, los “Avisos sanitarios de importación de productos (bebidas no alcohólicas, cerámica y loza vidriada, juguetes y artículos escolares)”, los “Avisos de importación de productos químicos esenciales” y los “Avisos de exportación de productos químicos esenciales”, en virtud de los ajustes técnicos que deben implementarse en los sistemas correspondientes. Por tal motivo, lo anterior será comunicado a través de las vías oficiales.
Con el apoyo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, la comisión da pasos firmes hacia su transformación digital para eliminar trámites burocráticos innecesarios, mediante la adopción de herramientas para promover buenas prácticas regulatorias, sin comprometer la protección del derecho a la salud del pueblo de México.
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